La Corte Constitucional de Perú ordenó la liberación del ex Presidente Alberto Fujimori, en respuesta a lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó en sentido contrario el año pasado.
“Este Tribunal Constitucional ordena que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el Director del Penitenciario de Barbadillo (donde permanentece recluido), en el día, dispongan la libertad inmediata del favorecido, Alberto Fujimori”, declaró un auto del TC.
La resolución, que fue confirmada el 3 de los actuales 6 meses del TC, con el voto directo del presidente del organismo, Francisco Morales, declaró «fundado el recurso de interposición hasta el extremo de la ejecución directa e inmediata de la sentencia». del 12 de diciembre. Marzo pasado, recuperado en el presente proceso.
Recientemente, un juez de la región segura de Ica declaró una primera resolución constitucional improvisada que restableció el indulto de Fujimori y transfirió el caso al TC.
El presidente del máximo tribunal, Francisco Morales, confirmó que las autoridades deben “proceder a la excarcelación inmediata” de Fujimori, contrario a las resoluciones emitidas por la CorteIDH.
“Debe procederse a la recopilación de la frase anterior”dijo Morales al declarar un auto del TC que declaraba una inminente consulta al Ministro de Justicia sobre el acuerdo obtenido en Fujimori en 2017 por el presidente Pedro Pablo Kuczynski y que había provocado distintas interpretaciones.
En este sentido, la resolución emitida es esta decisión del TC también llamada “atención severa” Durante la gestión del juez de Ica, instó a “mostrar mayor diligencia y diligencia en la acumulación de sus funciones al momento de la ejecución de las estimadas sentencias de hábeas corpus”.
Indulto cancelado en 2018
El indulto, pronunciado en Fujimori el 24 de diciembre de 2017, fue anulado por el Poder Judicial en 2018, mientras que la CorteIDH dispuso que el Estado peruano garantizara la administración de justicia a las víctimas de los juicios de Barrios Altos y La Cantuta. En algunos casos, Fujimori fue condenado a 25 años de prisión.
La semana pasada, horas antes de la decisión del tribunal de Ica, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por la posibilidad de que la resolución del TC resulte en la excarcelación de Fujimori.
El organismo registró que el 7 de abril de 2022 “estableció las razones por las cuales el Estado debe abstenerse de otorgar un indulto ‘por razones humanitarias’ además de los estándares interamericanos establecidos en las resoluciones que dan seguimiento a los casos de Barrios Altos y La Cantuta”.
Por su parte, la CorteIDH solicitó al Gobierno peruano información sobre el cumplimiento de la orden durante su resolución del año pasado.
Al respecto, el TC se manifiesta en su decisión de estas autoridades “sobre la falta de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de ejecución de sentencias, para hacer ineludible una sentencia”.
Tras señalar que “resultado inobjetable” que “existe una obligación del Estado de cumplir” con las decisiones emitidas por la CorteIDH, dado que esto debe ser algo que corresponda a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) “los casos en que un Estado no haya ha sido completado por sus fallos.
Según el análisis de los magistrados del gabinete, por este motivo “queda fuera de sa competencia (de la CorteIDH), ordenar a un Estado, en supervisión del cumplimiento de la pena, que no ejecute una sentencia de un tribunal nacional” .
“En virtud de esta falta de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para, en el marco de la supervisión de la acumulación de sentencias, ordenar directamente la no anulación de una decisión judicialeste Tribunal se pronunció sobre la ejecución de su sentencia del 17 de marzo de 2022”, agregó.